Los que pueden considerarse los antecesores de los pesos convertibles cubanos (CUC) son los Certificados de Divisas. El 1 de octubre de 1985 fueron emitidos para uso como medios de pago en las transacciones en divisas libremente convertibles dentro del territorio nacional. A partir de su expedición tuvieron una vigencia de cinco años, y luego sólo podían ser canjeados por moneda nacional. Fueron impresos en Checoslovaquia, divididos en 4 tipos, según las personas a quienes son destinados: Tipo A: Medio de pago personal para el área socialista, con valores faciales de 1,3 5,10 y 20 pesos cubanos.Tipo B: Miembros de la comunidad cubana en el exterior, en área capitalista, durante su estancia en Cuba, con valores de 1, 5, 10, 20 y 50 pesos cubanos. Tipo C:(1ro de junio de 1987): cubanos con condición especial y extranjeros residentes permanentes en el país, sus valores facialesfueron de 1,3,5,10,20,50,100 y 500 pesos cubanos. Tipo D:(1ro de mayo de 1987): Becados extranjeros con residencia temporal en el país, con valores faciales de 1,3,5,10 y 20 pesos cubanos. Con la creación de los pesos convertibles en 1994 quedaron sin vigencia los Certificados de Divisas.domingo, 26 de marzo de 2017
CERTIFICADOS DE DIVISAS
Los que pueden considerarse los antecesores de los pesos convertibles cubanos (CUC) son los Certificados de Divisas. El 1 de octubre de 1985 fueron emitidos para uso como medios de pago en las transacciones en divisas libremente convertibles dentro del territorio nacional. A partir de su expedición tuvieron una vigencia de cinco años, y luego sólo podían ser canjeados por moneda nacional. Fueron impresos en Checoslovaquia, divididos en 4 tipos, según las personas a quienes son destinados: Tipo A: Medio de pago personal para el área socialista, con valores faciales de 1,3 5,10 y 20 pesos cubanos.Tipo B: Miembros de la comunidad cubana en el exterior, en área capitalista, durante su estancia en Cuba, con valores de 1, 5, 10, 20 y 50 pesos cubanos. Tipo C:(1ro de junio de 1987): cubanos con condición especial y extranjeros residentes permanentes en el país, sus valores facialesfueron de 1,3,5,10,20,50,100 y 500 pesos cubanos. Tipo D:(1ro de mayo de 1987): Becados extranjeros con residencia temporal en el país, con valores faciales de 1,3,5,10 y 20 pesos cubanos. Con la creación de los pesos convertibles en 1994 quedaron sin vigencia los Certificados de Divisas.
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